En Colombia, la Resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte [VALIDAR vigencia y modificaciones] define las categorías de vehículos eléctricos ligeros.
Bicicleta eléctrica con pedaleo asistido
Si el motor solo asiste cuando pedaleas, la potencia nominal no supera 350 W y la asistencia se corta a 25 km/h, se considera bicicleta: no requiere licencia, matrícula ni SOAT. Sí debes usar casco y respetar las normas de tránsito para ciclistas.
Ciclomotor
Si el vehículo se mueve solo con acelerador o supera esos límites, es un ciclomotor: requiere licencia de conducción categoría A1 o A2, matrícula y SOAT.
¿Y las Brenson?
Nuestras bicicletas Urban E250, Trail E500 y Cargo Bike E350 están dentro de la categoría de pedaleo asistido. Los modelos City, Delivery y Sport son ciclomotores y en la ficha lo indicamos con claridad, junto con los tiempos de matrícula.
Si tienes dudas sobre un modelo específico, la sección Normativa de cada ficha lo resume.
